A través de un comunicado, la Cámara de Aseguradores de Venezuela
(CAV) realizó algunas reflexiones, tanto para los asegurados como para
el público en general, ante la entrada en vigencia de la Providencia N°
3.856, donde se aprueba con Carácter General y Uniforme las Condiciones
Generales y Particulares, el Anexo de Maternidad y la Tarifa de la
Póliza de Seguro de Salud Individual emanada de la Superintendencia de
la Actividad Aseguradora, (Sudeaseg) publicada en Gaceta Oficial 40.316
del 16 de diciembre de 2013.
Al
respecto, la presidenta ejecutiva de la CAV, Alesia Rodríguez Pardo,
señaló que la aprobación de la Póliza de Seguro de Salud Individual con
Carácter General y Uniforme, diseñada y aprobada por la Superintendencia
de la Actividad Aseguradora, implica que todas las empresas de seguros
que ofrecen pólizas de salud, deben utilizar la misma póliza
(condicionado y tarifa), donde se especifican los riesgos cubiertos, los
gastos y servicios amparados, las exclusiones, las Sumas Aseguradas que
pueden ser contratadas y las Primas a cobrar, todo esto establecido en
la referida Providencia.
Adicionalmente, con relación a la Póliza de Seguro de Salud
Individual con Carácter General y Uniforme, el sector asegurador tiene
las siguientes consideraciones:
-El rango de las Sumas Aseguradas oscila entre un mínimo de Bs. 20
mil y un máximo de Bs. 150 mil, solo con intervalos de Bs. 5 mil, sin
que exista la posibilidad de flexibilización de contratar Sumas
Aseguradas diferentes a las indicadas en la Providencia, como si se
podía hasta ahora y permitía ampliar alternativas a los asegurados.
-Para la Póliza Básica (Hasta Bs. 150 mil) solo son aplicables las
Primas establecidas en la Providencia, lo cual implica por ejemplo que
las empresas de seguros no podrán ya otorgar descuentos en los seguros
de Salud Individuales con base a criterios de experiencia y
comportamiento de una póliza en particular.
-Sumas Aseguradas superiores a Bs. 150.mil, requieren ser
adicionalmente aprobadas por la Superintendencia de la Actividad
Aseguradora y lo que se amplía es el monto de la Suma Asegurada, porque
se debe respetar y mantener las características, riesgos y servicios
establecidos en la Providencia para la Póliza Básica. Cualquier
contratación de exceso para la suma asegurada, u otra cobertura
adicional, tendrá un costo aparte del establecido para la póliza básica.
-Las pólizas de salud activas actualmente permanecerán vigentes hasta
su vencimiento, y a partir del día 16 de junio de 2014, a medida que se
vayan dando las fechas de renovación de las Pólizas en curso, las
empresas de seguros procederán a efectuar la conversión a la Póliza de
Seguro de Salud Individual General y Uniforme, apegados a las
características establecidas en la Providencia por la Sudeaseg.
Igualmente, las nuevas contrataciones entrarán bajo el esquema
establecido en dicha Providencia.
-La Uniformidad de la Póliza de Seguro de Salud Individual que
implica esta Providencia, trae entre otras consecuencias, que a partir
de ahora a los usuarios del sistema asegurador se le restringe el
beneficio y la libertad de escogencia en el tipo de póliza de salud que
quiera contratar, ya que no tendrán la posibilidad de evaluar y elegir,
según su capacidad, preferencia y necesidad de cobertura de riesgos, con
el abanico de opciones en productos de seguros de salud que brindaba
hasta ahora el mercado asegurador antes de la entrada en vigencia de la
mencionada Póliza.
La CAV indica que el sector asegurador nacional y la Cámara de
Aseguradores de Venezuela refuerza que el tema de salud debe verse de
forma integral, tomando en cuenta la opinión y experiencia de todos los
actores involucrados en la cadena de valor (empresas de seguros,
proveedores de servicios clínicos y médicos, entre otros) incluyendo en
forma conjunta, combinada y coordinada al sector público y privado, lo
cual no ha sucedido.
Indicó Rodríguez Pardo que “Todas estas reflexiones que hace el
sector asegurador resultan aán más pertinentes cuando las ponemos en
contexto de la realidad económica del país, que refleja una elevada
inflación nacional y de salud, difícil acceso a las divisas necesarias
para los insumos de salud, así como para la fluidez de la atención
clínica y médica, entre otros factores. Uno de estos es la limitada
capacidad de atención clínica privada para atender la creciente demanda
de los venezolanos ante la debilidad de las condiciones y efectividad en
la atención pública de salud”.
También afirmó que “la Cámara de Aseguradores de Venezuela mantiene
su disposición a intercambiar reflexiones y siempre ha promovido el
diálogo público-privado entre los diferentes actores, ha alertado y
compartido con el sector público en los últimos años sus reflexiones
sobre el tema de la salud en Venezuela, reforzando reiteradamente que el
sector seguros es complementario mas nunca sustitutivo en la provisión
de salud en el país, ya que es solo un eslabón mas en la cadena de
valor. Por ello, la Cámara y el sector seguros resaltan que las
regulaciones aisladas que solo atienden un aspecto particular, sin
conjugar los diferentes elementos y actores, agravan la situación, ya
que no se está abordando en forma integral el problema central como es
la actual condición del sistema de Salud Público Nacional y todo lo
relativo a la provisión de salud en Venezuela ”.
Fuente CAV
@masdeseguros
@asalasparra
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